EL DOCUMENTO PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 2017 - 2027, REQUIERE UNA REVISIÓN DE FORMA Y DE FONDO.
Mediante Derecho de Petición, la Veeduría Ciudadana
al Plan Estratégico de la Comuna, le solicita respetuosamente, a la Junta
Administradora Local de la Comuna 6, DEROGUE la Resolución 009 de diciembre de
2016 “Por medio de la cual se refrenda la decisión del Consejo Comunal de
Planeación Local de legitimar y adoptar la actualización del Plan de Desarrollo
Estratégico de la Comuna 6-Doce de Octubre y se aprueba este Plan como la ruta
para gestionar el desarrollo del territorio”
Medellín, 06 de
febrero de 2018
Señores(as):
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL
Comuna 6
Ciudad
Asunto:
Solicitud para que analicen la posibilidad de derogar la Resolución 009 de
2016.
Cordial saludo
Respetados señores
y señoras, con fundamento en el Artículo 23 de la Constitución Política de
Colombia de 1991, respetuosamente le solicitamos a la Junta Administradora
Local de la Comuna 6, DEROGUE la Resolución 009 de diciembre de 2016 “Por medio
de la cual se refrenda la decisión del Consejo Comunal de Planeación Local de
legitimar y adoptar la actualización del Plan de Desarrollo Estratégico de la
Comuna 6-Doce de Octubre y se aprueba este Plan como la ruta para gestionar el
desarrollo del territorio”, toda vez que según los análisis realizados por esta
Veeduría al documento “Plan Estratégico Comuna 6 – Doce de Octubre 2017-2027
¡Vivir bien!” presenta graves inconsistencias técnicas en cuanto a la
estructura propuesta por el Departamento Nacional de Planeación DNP, las normas
legales vigentes al respecto y las teorías relevantes de carácter internacional,
como se demostrará en el desarrollo argumentativo de esta petición.
MARCO LEGAL
La Veeduría al Plan Estratégico de la Comuna 6, con
registro 294 del 18 de noviembre de 2011 y de acuerdo a los principios
democráticos, de participación ciudadana y del derecho y la doctrina
especificados en:
La Constitución Política de Colombia.
En los artículos
48, 49, 209, 288 y 356
Ley 152 de 1994.
En los artículos
3°, 32 y 45
Decreto 111 de 1996
En los artículos
del 12 al 21
Ley 850 de 1993
En los artículos
del 7 al 14
Acuerdo municipal 43 de 2007
En el artículo
2°
Principios filosóficos del PDL 2010 actualizado por
el DAPM
En las páginas
176, 177 y 178
Ley 1474 de 2011
En los artículos
64, literal g y en el artículo 78
Ley 1757 de 2015
En los artículos
48, 49, 64 literal f, y en el 66
Acuerdo municipal 28 de 2017
En el artículo
4°
Decreto 697 de 2017
En el artículo
3°
CONSIDERACIONES
Teniendo en cuenta
que:









HECHOS
A continuación
presentamos las falencias más
relevantes encontradas por esta Veeduría en ambos periodos y que consideramos,
pusieron y continúan poniendo en riesgo los recursos públicos[2] y privados que se le
destinaron y que se le puedan destinar en el futuro al proceso de planeación
del desarrollo, mediante el instrumento Plan de Desarrollo Estratégico de la
Comuna 6
“PLAN ESTRATÉGICO COMUNA 6 – 2006-2015
UN TERRITORIO PARA VIVIR DIGNAMENTE”
En este periodo
se identifican dos versiones del instrumento Plan estratégico Comuna 6,
mediante los cuales se destinaron más de ciento quince mil seiscientos cinco
millones de pesos ($115.605’000.000) que se ejecutaron temerariamente, si se
tiene en cuenta las siguientes graves falencias que presentaba cada una de las
versiones del instrumento en mención:
PE C6 Versión 1 (2006-2010)
1. Los primeros cinco años se destinaron recursos públicos del Programa
Planeación Local y Presupuesto Participativo al proceso de planeación del
desarrollo en la Comuna 6 con base en un instrumento que, como pudimos
constatar[3], adolece de un Plan de
inversiones en el cual se determine con mediana claridad metas e indicadores;
tampoco cuenta con un Sistema de Seguimiento y Evaluación.
2. Si bien durante este periodo el instrumento contaba con un diagnóstico y
una parte estratégica, en la práctica los recursos fueron destinados a
satisfacer intereses individuales de organizaciones y líderes, debido a que el
instrumento no contaba con proyectos técnicamente formulados que garantizaran atender
y transformar las problemáticas detectadas en el diagnóstico y cumplir con los
programas mencionados en la parte estratégica.
3. Prueba de lo anterior es que al finalizar el periodo 2006-2015, no fue
posible realizar una evaluación a los resultados o impactos alcanzados por
estos “proyectos”, y por ende, tampoco fue posible establecer con claridad si
las estrategias determinadas en este plan fueron medianamente acertadas
PE C6 Versión 2 (2011-2015)
Para el año 2010,
el Departamento Administrativo de Planeación de Medellín (DAPM) realiza la
actualización del PE C6, la cual consistió en incluirle indicadores sólo de
productos, pero continua adoleciendo de metas claras y medibles; en este
documento se incluyen seis elementos, por medio de los cuales se pretende
garantizar, que el proceso de planeación del desarrollo en la Comuna 6 cuente
con: una ruta, una metodología y algunos instrumentos que le permitan avanzar
de manera más técnica en la planeación pertinente del desarrollo de los
habitantes de la Comuna 6. Dichos elementos son:
1.
Ruta metodológica
2. Estado situacional del desarrollo
3. Línea base
4. Mapeo de actores
5. Modelo de gestión integral:
a. Resultados del análisis estructural
b. Diseño y construcción de escenarios
c. Cadena de valor
6. Sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación.
Sin embargo, al
finalizar el periodo de vigencia (2006-2015) del proceso de planeación en la
Comuna 6, no fue posible evaluar con claridad si estos elementos se lograron
desarrollar en algún porcentaje en la práctica y cuáles fueron sus aportes
(positivos o negativos) al proceso; al parecer, tal y como pasó con el
capítulo seis de este documento donde se
describe teóricamente los elementos que debe contener un sistema de monitoreo,
seguimiento y evaluación, los demás elementos se quedaron en un desarrollo
teórico, sin ser implementados en la práctica, lo que convirtió en una acción
temeraria, el hecho de haber destinado recursos públicos mediante este
instrumento, durante este periodo de tiempo.
Tal como se indicó, el Plan de Desarrollo Local de la Comuna se
encuentra en un proceso de revisión y fortalecimiento, por lo que aún no se
cuenta con la definición clara y precisa de las metas, indicadores,
responsabilidades, acciones, recursos y tiempos para realizar los diferentes
proyectos; condición que impide la formulación adecuada del sistema de
seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan. A pesar de esta limitación, se realiza
la presente propuesta, retomando los acumulados presentes en el Plan, esperando
ser un insumo para el fortalecimiento del mismo. PE C6 Versión 2 (2011-2015)
pág. 180
Igualmente se
evidencia esta falencia en el texto de Esperanza Gómez Hernández titulado Planeación participativa. Realidades y retos
del año 2012 cuando expresa:
Tal como reconoce la propuesta de monitoreo, seguimiento y evaluación
del plan de la comuna, presentada por Esumer en el año 2009, al momento de
formular la propuesta de seguimiento no se encuentran o no se conocen proyectos
y metas precisas del plan; por lo tanto, los indicadores propuestos se infieren
de la lectura juiciosa de la formulación del plan y el interés colectivo,
respetando los alcances y la propia lógica de formulación del plan. (pág. 213)
Para el año
2015, la Secretaría de Participación Ciudadana de la Alcaldía de Medellín, por
medio del Convenio de Asociación N° 4600060277 de 2015, encarga a la Fundación Colombia Humana la
realización de la evaluación al Plan Estratégico de la Comuna 6 vigencia
2006-2015 y en las observaciones de dicha evaluación, se confirma la alerta de
esta Veeduría sobre la ausencia de metas e indicadores claros y medibles que permitan
la evaluación de este Plan.
Durante el ejercicio de evaluación que se pretendió realizar, el Plan
Estratégico de la comuna seis se identificó más como una caracterización del
estado de dicha comuna en distintos temas que como un plan estratégico rector
de políticas públicas orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de la
población en tanto que no define ni estructura problemas públicos, ni fija
indicadores de línea base, metas y objetivos. Fundación Colombia Humana. Documento final de
evaluación al Plan Estratégico de la Comuna 6 Doce de Octubre. 2015. Pág. 38
A manera de
conclusión, se puede decir que durante el periodo 2006-2015, el proceso de
planeación del desarrollo en la Comuna 6, no obstante contar con un instrumento
de planeación (PE C6), el cual contaba con algunos elementos de los
recomendados por el DNP, adoleció de otros tan importantes como un Plan
indicativo (dotado de proyectos técnicamente formulados) y un Sistema de
monitoreo, seguimiento y evaluación que le permitiese, en la práctica,
garantizar la correcta ejecución de los recursos públicos, por lo tanto,
durante los diez (10) años de vigencia de este instrumento, se invirtieron
dichos recursos de manera temeraria sin garantizar las mínimas medidas técnicas
de ejecución y de control.
En su ejercicio,
la Veeduría pudo evidenciar que el programa de Planeación Local y Presupuesto
Participativo (PL y PP), en la Comuna 6, se redujo a la ejecución de los
recursos de dicho programa (Presupuesto Participativo) dejando de lado la Planeación
Local (PL) participativa del desarrollo[4], fenómeno que terminó por
concentrar la participación en un grupo mínimo de líderes y operadores que
ejecutaron los recursos de este programa.
“PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO COMUNA 6 – DOCE DE
OCTUBRE 2017 -2027
¡VIVIR BIEN!”
Debido a que
este instrumento (PE C6) recién inicia su vigencia y por lo tanto, aún no se
implementa su ejecución; a continuación
se hace referencia a algunos aspectos de
fondo y de forma que consideramos afectarían a corto, mediano y largo plazo
el proceso de planeación del desarrollo y la rigurosidad con que debió ser
construido dicho documento, además, del alto riesgo de malversación de recursos
públicos:
ASPECTOS DE FONDO:
Según lo
consultado en la página www.kiterritorial.co del Departamento Nacional de Planeación (DNP), los Planes de Desarrollo
Territorial (PDT) deben contar con cuatro (4) componentes a saber: Diagnóstico, Parte estratégica, Plan de
inversiones y Seguimiento y evaluación y que por los principios de Coordinación, Armonización, Concurrencia y Subsidiaridad,
deben aplicar a los diferentes niveles administrativos del Estado (Nacional,
Departamental, Municipal y Local -Comunas y Corregimientos-). Como se puede
evidenciar en el nuevo instrumento de planeación de la comuna 6, éste adolece
de importantes elementos en cuanto a estos cuatro componentes, como se expone a
continuación:
1. Diagnóstico:
a.
Construcción del nuevo instrumento sin evaluación del anterior.
Como lo
evidenció esta Veeduría en su Informe sobre el Acompañamiento al Proceso de
Evaluación y Actualización del PE C6 2006-2015 y que fue socializado en los
diversos espacios de participación de la comuna y ante la Administración
municipal, el anterior Plan Estratégico de la Comuna 6 de Medellín, vigencia
2006 – 2015, no tuvo un proceso participativo y amplio de evaluación que
permitiera identificar los aciertos y los desaciertos, y con esos elementos, poder definir cuáles se
pudieran modificar, cuáles son susceptibles de mejoramiento, y con esa
evaluación se constituya la línea base, con miras a lograr un mejor proceso de planeación del
desarrollo en la vigencia 2017-2027
b.
Construcción del instrumento con
baja participación ciudadana.
En el informe de
la Veeduría mencionado en el punto anterior, también se evidencia que la
construcción del nuevo instrumento de planeación del territorio (vigencia
2017-2027) fue realizado con un porcentaje muy bajo de habitantes de la Comuna
6, los participantes en este proceso de actualización fueron, en su mayoría, un
grupo de líderes que no superan las cien (100) personas, quienes
tradicionalmente (desde la aparición de PL y PP) han fungido como “la
comunidad” en el proceso de planeación en la Comuna; concentrándose la
participación en este reducido número de personas.
c.
Desatención a los Conceptos pertinentes emitidos por personas y
organizaciones al Anteproyecto del Plan.
Durante el proceso de actualización del Plan Estratégico de la Comuna 6
2017-2027, se solicitó a los actores de la planeación del desarrollo del
territorio (organizaciones y líderes), emitir un Concepto sobre el Anteproyecto
de actualización del Plan, sin embargo, aunque se presentaron importantes reflexiones
y aportes sobre dicho documento por parte de organizaciones como: Corporación
para el Desarrollo Picacho con Futuro, el Colectivo de Mujeres de la Comuna 6
(acompañadas por la Corporación Mujeres que crean), Mesa Afrocomuna 6,
Corporación Cívica Juventudes de Antioquia, la VCPE C-6 y el Colectivo de
vecinos (Estudiantes del diplomado Participación y desarrollo local); en
revisión realizada por esta Veeduría, comparando el Anteproyecto y la Versión
final (oficial) encontramos que ninguno de los aportes realizados en dichos
Conceptos, fueron tenidos en cuenta,
salvo la mención de algunos términos alusivos al tema de inclusión social como
género y etnias, sin alguna trascendencia teórico-práctica en cuanto al
reconocimiento de las propuestas manifestadas en su Concepto por estos grupos
poblacionales
2. Parte estratégica:
En su parte estratégica, este nuevo instrumento trae párrafos enteros
del anterior instrumento sin argumentar siquiera el o los motivos por los cuáles se retoman esas concepciones como si nuestro
territorio, con sus dinámicas, no hubiera tenido cambios significativos en el
transcurso de diez (10) años:
a.
Copie y pegue de la “Visión” del Plan anterior (2006 – 2015) con título
diferente “Horizontes de sentidos compartidos” en el nuevo Plan (2017-2027)
Se copia y se
pega tal cual está en el instrumento de vigencia anterior sin dar ningún
argumento que dé claridad del por qué se toma así, no se sabe si mejoramos,
seguimos igual o si por el contrario, hemos retrocedido frente a este sueño.
b.
Enfoque.
Retomamos del
Concepto al Anteproyecto del Plan Estratégico emitido por esta Veeduría, en la
cual expresábamos que:
“Durante los últimos diez (10) años, hemos caminado
repitiendo “Un territorio para vivir dignamente” como si fuese el “slogan” de
una campaña de marketing; desde la Veeduría, hemos encontrado que un porcentaje
alto de líderes y organizaciones (la avanzada de la planeación del desarrollo
en la Comuna) no han introyectado el trasfondo de este concepto como horizonte
filosófico, esto es, para lograr un “Desarrollo Humano Integra (DHI)”.
En la revisión preliminar del “Anteproyecto Plan
Estratégico de Desarrollo Comuna 6 –
Doce de Octubre 2017-2027”, se plantea un nuevo concepto “Vivir Bien”, el cual,
inclusive en algún aparte del documento es acompañado del concepto “sin
humillaciones”; a este respecto nos preocupa:
ü Que el proceso de reflexión sobre el horizonte filosófico que debe
soportar o fundamentar la planeación del desarrollo en la Comuna 6, para los
próximos once (11) años, se halla realizado desde un equipo de profesionales,
que si bien cuentan con trayectoria comunitaria y sobrados pergaminos académicos,
no ha contado con la participación de otros profesionales (de todas las
disciplinas) con que cuenta el territorio: en las organizaciones, los líderes y
por qué no, entre sus habitantes, con el fin de fortalecer el documento,
mediante el intercambio de saberes.
ü Que la falta de una conceptualización amplia con los diferentes actores
de la planeación del desarrollo e inclusive con los habitantes de a pie, nos
conduzca otros once años repitiendo “como loros” un slogan que como marketing
puede arrojar algún resultado, pero que en la construcción y apropiación
colectiva de idearios de desarrollo no aporte mucho.
ü Que el horizonte filosófico planteado, está respaldado por un corpus
teórico, recogido de varios autores; y que por lo tanto, requiere una revisión
hermenéutica con el fin de comprender y aprehender a profundidad el horizonte
(reto de desarrollo) que se propone.
En este orden de ideas, consideramos que el tiempo
destinado para la construcción PARTICIPATIVA del Anteproyecto y para su
revisión por parte de los actores de la planeación del desarrollo y para que
estos lo socializaran y trabajar con su respectiva base social, fue
insuficiente, lo que afectó ostensiblemente el logro del requisito de ser
ampliamente participativo.”
Por lo anterior,
reiteramos que el tema del Enfoque amerita una mayor y más amplia discusión y
claridad de lo que él mismo pretende y que los habitantes del territorio,
decidan si es ese o no y los motivos por los cuales lo adoptan o no.
c.
En cuanto a los otros
elementos que se deben tener en cuenta en la elaboración o diseño participativo
de la parte estratégica, esto es: Análisis de alternativas, Formulación y
priorización de objetivos, Ejes estratégicos, Estructuración de programas e Indicadores
y metas; en la revisión del instrumento PE C-6 periodo 2017-2027, esta Veeduría
pudo constatar que dicho instrumento cuenta con: Líneas, Componentes,
Programas, Ideas de proyectos; sin embargo, como se dijo antes, su construcción
no fue ampliamente participativa e incluso algunos de estos elementos no fueron
construidos o puestos en consideración del reducido número de personas que
participó en la actualización del Plan; de esto podemos dar cuenta ya que
revisamos los documentos que soportan el proceso de actualización y fuimos
partícipes en una parte del mismo.
3. Plan de inversiones:
Si bien el instrumento PE C-6 2017-2027 cuenta con un Plan de
inversiones, es importante resaltar que dicho Plan no cuenta con proyectos
técnicamente formulados, por lo tanto carece de metas e indicadores claros, lo
que dificulta su posterior evaluación. A esto hay que sumarle que un alto
porcentaje (más del 70%) de las “iniciativas de proyectos” de este Plan no
cuentan con línea base ya que, como se advirtió anteriormente, el anterior Plan
Estratégico vigencia 2006-2015, no fue evaluado y por lo tanto, no se pudo
constituir una línea base medianamente confiable.
De otro lado, no se evidencia en el nuevo Plan, concordancia entre las
necesidades expresadas en el instrumento mediante “iniciativas de proyectos” y
las brechas de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) que presenta el
Índice Multidimensional de Condiciones de Vida (IMCV) para el año 2015.
En la Comuna 6 de Medellín, y quizás en el resto de comunas de la
ciudad, se ha denominado “iniciativas de proyectos” a unos simples enunciados
de unas supuestas problemáticas que padecen un buen número de personas en el
territorio.
En el contexto social, tomando la analogía del árbol de problemas, vemos
que para la elaboración de un proyecto social, cuya característica principal,
es que debe ser construido participativamente con la población objetivo e
involucrada en el mismo; primero, hay que identificar, el problema (estructural)
central que, luego pasa a ser el objetivo general en el árbol de objetivos, el
cual debe estar formulado con un verbo fuerte en infinitivo que exija (a los
involucrados), la transformación del problema identificado, de éste se desprenden
los indicadores de impactos/efectos para su monitoreo, seguimiento y evaluación.
Luego, se identifican las causas/efectos (medios/fines), que de allí, surgen
los indicadores de gestión y productos, también construidos participativamente
con la población objetivo e involucrada.
Aplicando lo anterior al despliegue estratégico de la Comuna 6, 2017 – 2027,
no identificamos problemas estructurales a solucionar; los componentes, programa
e iniciativas de proyectos, de las diferentes líneas temáticas, están más dirigidos
a atender efectos/consecuencias que a solucionar los problemas, por medio de la
atención a sus causas. Es algo así como
podar las ramas, pero no se interviene la raíz (causas) y, en ese orden de
ideas, el árbol/problema, siempre estará ahí, siendo los operadores de las
intervenciones, los únicos beneficiados.
A continuación, a manera de ejemplo, presentamos una imagen de la Línea
de desarrollo 1: Socio-Cultural, en la cual se puede observar las “Iniciativas
de proyectos” y los recursos económicos que, año tras año, hasta el 2027, se
requieren para atender dichas iniciativas y que no resuelven las problemáticas
existentes.
4. Seguimiento y Evaluación:
En la actualización del Plan Estratégico de la Comuna 6 2017-2027, el instrumento
(libro), no cuenta con un componente o capítulo mediante el cual se exprese de
manera teórica y práctica, la implementación de un Sistema de Seguimiento y
Evaluación, lo que evidencia un retroceso en el proceso de planeación del
territorio. En consultas realizadas por esta Veeduría, a la Administración
Municipal, la Junta Administradora Local (JAL) y a la Institución Universitaria
ESUMER, quien ha operado el Plan
Estratégico en los últimos años, se nos informó que no necesariamente en el
Libro debe quedar el Sistema de Seguimiento y Evaluación[5], sin embargo, no hemos encontrado
otro documento que dé cuenta de una propuesta para la construcción
teórico-práctica que facilite la implementación del sistema, diferente a la
propuesta que presentó esta Veeduría: Sistema de Evaluación, Monitoreo,
Seguimiento y Evaluación (SEMSE).
De acuerdo a lo anterior, el instrumento Plan Estratégico Comuna 6
2017-2027, no cuenta con el componente de Seguimiento y evaluación, como se
referencia en el documento virtual del DNP[6] antes citado, lo que implica,
por un lado, que no se constituya como tal, y por el otro, se desconoce la
normatividad que lo reglamenta.
ASPECTOS DE FORMA:
No menos
relevantes que los aspectos de fondo tratados anteriormente, ésta Veeduría
encontró una serie de aspectos de forma en la construcción del instrumento
(documento libro) los cuales enumeramos a continuación:
1. Plagio y/o Autoplagio.
En este aparte y para mayor claridad, se
presentarán las imágenes de cada uno de los dos planes (vigencia 2006-2015 y
2017-2027) donde se evidencian las irregularidades de copie y pegue, sin
referenciar el documento origen, ni presentar los motivos (justificación) por los
cuales se realiza esa acción: es de anotar que en términos académicos o de
construcción formal de textos, ésta práctica es conocida como Autoplagio,
definido éste por el Manual de citación de la Universidad Externado de Colombia
como: “Es cuando se utilizan ideas o textos anteriores de elaboración propia
sin ser debidamente referenciadas y citados en obras nuevas.
Esto puede llevar a incurrir a ser señalado como
copia o fraude siendo una actividad antiética.” (p. 8).
Aquí vale la pena aclarar que, si miramos los
documentos como producidos directamente por la Administración Municipal, quien
aparece liderando y además, es el
contratante de las publicaciones citadas se denominaría AUTOPLAGIO. Y si
lo miramos como documentos producidos respectivamente por la Corporación para
el Desarrollo Picacho con Futuro (vigencia 2006-2015) y la Fundación
Universitaria ESUMER (vigencia 2017-2027), se denominaría PLAGIO.
PLAGIO:
Es el acto de utilizar o extraer parcial o
totalmente una obra, texto, idea, recurso multimedia, entre otros, sin dar el
debido reconocimiento al autor creador mediante su referencia o citación dentro
de una obra.
Aún cuando se parafrasea (se dice con palabras
propias lo que ha dicho un autor) o cuando se hace traducción de un texto, se
debe dar el correspondiente crédito a su autor original. (Manual de citación de
la Universidad Externado de Colombia, p. 8).
En este sentido, las consecuencias legales
plasmadas en la Ley 1032 de 2006 en su artículo 2°, cuando modifica el artículo
271 del Código Penal, expresa que la “Violación
a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos. Incurrirá en
prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de veintiséis punto sesenta y
seis (26.66) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes…”
CUADRO
COMPARATIVO AMBOS PLANES
PLAN ESTRATÉGICO COMUNA 6 2006-2015
|
PLAN ESTRATÉGICO COMUNA 6 2017-2027
|
A continuación se evidencia el copie y pegue sin hacer alusión al lugar
de donde se copió textualmente: (Diagnóstico vigencia anterior p. 7 y Plan
vigencia actual p. 83 respectivamente)
2. Cálculos de porcentajes
errados y por ende es errada la sumatoria.
Como se puede notar en la página 65 del nuevo instrumento donde se hace
alusión al “Número de viviendas” si sumamos los porcentajes que allí se exponen
con relación al “total de viviendas” que son 51.759, el 51% corresponde a
apartamentos, el 44.7% corresponde a casas y el 1.5% corresponde a cuartos en
inquilinato y cuartos; el total sería 97.2%.
Es posible que el desequilibrio matemático de 2.7 entre el 100% de la
unidad y las porciones en que se dividió ésta, radique en la mala digitación de
la cifra 44.7%, ya que al aplicar la operación matemática “regla de tres” se
detecta que el porcentaje que corresponde a casas no es 44.7% sino 47.4% y con esta claridad, la sumatoria sí da el 100.0%.
Este tipo de anomalías en un texto académico, cuyo fin fundamental es la
posterior consulta para investigadores y ciudadanos en general, denotan falta
de rigor en su construcción y revisión, lo que puede conducir a errores en
casos donde las cifras son material de soporte académico o teórico o como en
este caso que el error migra de una versión a otra del Plan (Anteproyecto,
Versión 1, Versión 2 y Versión oficial), sin que haya sido detectada en las
diferentes revisiones que se le debió hacer a cada versión.
3. Normas APA[7]
omitidas.
“Cuando
hay una cita directa de más de 40 palabras esta debe ir en un párrafo aparte,
sin comillas y con sangría así:
También
hay autores que resaltan que:
Es claro que los medios digitales, en particular
las redes sociales, han modificado la forma en que se producen la interacción
interpersonal y la expresión de la identidad individual. La interacción en las
redes sociales tiene cuatro características básicas: Persistencia,
simultaneidad, linkabilidad, y el hecho de que la narrativa interior es
pública. (Corredor, 2011, p. 47)”
El ejemplo que se presenta a continuación, da cuenta de esta omisión y
se asume que la cita es de quien produce este instrumento, en este caso la
Fundación Universitaria ESUMER o cualquiera de los profesionales que se
contrataron para ello cuando se expresa que “… desde la Comuna 6 entendemos el
desarrollo como:” o sea, que ese “entendemos el desarrollo” es lo que dicen
Saavedra y otros. Además, no se especifica el número de la página de la cual se
extrae la cita
El siguiente ejemplo muestra otro copie y pegue que se trae sin
referencia del texto de donde se toma, ni su autor, ni su respectivo número de
página.
A continuación, en ninguno de los dos textos de
Esperanza Gómez Hernández referenciados: aparece la cita (textual o
parafraseada) en la página 41. Tampoco se acoge a las Normas APA cuando omite
la siguiente regla de esta norma: “Cuando hay una cita directa de más de 40
palabras esta debe ir en un párrafo aparte, sin comillas y con sangría”
Subrayado fuera de texto.
Igual sucede en la siguiente cita donde
los últimos tres párrafos son textuales y según la Norma se debe dejar con sangría
y especificando el número de página.
4. Nomencladores.
En la Dimensión Hábitat, se mencionan variables separadas por el signo
de puntuación coma (,) lo que da a entender que son cinco (5) variables:
Vivienda, Espacio público, Equipamiento, Movilidad y transporte y Medio
ambiente, las cuales luego son especificadas o definidas en subnumeradores
(6.2.1, 6.2.2, 6.2.3, 6.2.4), sin embargo, como se puede observar aunque al
parecer son cinco variables, en la subnumeración solo se llega hasta cuatro
variables, debido a que la variable Equipamiento no se enumeró y quedó como si
hiciera parte de la variable Espacio público.
Es de anotar que en las anteriores versiones del periodo 2006-2015 la
Dimensión Hábitat está constituida por cinco (5) variables: 1. Vivienda, 2.
Espacio público, 3. Equipamiento, 4. Movilidad y transporte y 5. Medio ambiente.
Y a las variables Movilidad y transporte y Medio ambiente les
corresponde, respectivamente, los nomencladores 6.2.4 y 6.2.5 y aparecen como
6.2.3 y 6.2.4
5. Referencias erróneas.
En ninguno de los dos textos de Esperanza Gómez
Hernández referenciados: Gómez, E.,
Vásquez G.; Pérez, Néstor., Tamayo, M., y otros. (2008). Vivir Bien Frente al
Desarrollo. Procesos de planeación participativa. Medellín.[8] y Gómez, E. (2008). Discursos y Prácticas del Buen Vivir [sic][9] y del Desarrollo en la Comuna 6 (Doce de Octubre), procesos de
planeación participativa. Senderos de desarrollo SENDAS (1997 – 2005) y
Construyendo Ciudad (2005 – 2008). Universidad de Antioquia, Corporación
Picacho con Futuro. Medellín, Colombia., aparece la cita (textual o parafraseada)
en la página 41.
Además, según las Normas APA,
“Si el mismo autor es citado dos o más veces y el
año es el mismo, coloque en el año una letra consecutiva, la cual también va en
la referencia así:
García Márquez (2007a) ó García Márquez (2007b)”
6. Cita sin autor.
Como se puede observar, en la página 76, se encuentra una cita entre
comillas que no se acoge a las Normas APA cuando omite la siguiente regla de
esta norma: “Cuando hay una cita directa de más de 40 palabras esta debe ir en
un párrafo aparte, sin comillas y con sangría”. Subrayado fuera de
texto. Tampoco referencia autor, año, ni página.
En la “Tabla 23. Aspectos que
dificultan los procesos organizativos”, se van presentando algunos
testimonios de organizaciones y se llega a uno de ellos que no presenta su
respectivo autor ni el año en que se dio.
7. Referencias bibliográficas
erróneas.
En este aparte se mostrarán las inconsistencias que se perciben con relación
a las Normas APA
En el Instrumento Plan encontramos en la siguiente diapositiva que en
las referencias de Esperanza Gómez Hernández, en la primera se omite que se
debe poner solamente el apellido del primer autor y la letra inicial de su
nombre seguido de “et al.” o si se quiere “y otros” pero se debe ser consistente en el término, si se
utiliza uno de los dos, SIEMPRE se deberá utilizar el mismo y no mezclarlos; y
en la segunda referencia se nombra mal el título del texto que se cita, pues el
título del mismo correctamente es “Discursos y prácticas del vivir bien y el
desarrollo en la comuna seis (Doce de Octubre). Procesos de planeación
participativa Senderos de desarrollo Sendas (1997-2005) y Construyendo ciudad
(2005-2008). Zona noroccidental de Medellín, Colombia 2008”
8. Mapas reducidos.
Con relación a este punto se quiere resaltar que en el Anteproyecto y el Plan aprobado en
la Asamblea Comunal del 04 de diciembre de 2016, los mapas se presentaban en
páginas completas, permitiendo esto, una mejor lectura del mismo. Ya en el
documento publicado se observa que el tamaño de los mencionados, se ha reducido
en un porcentaje considerable, lo que impide ser un infográfico pertinente para
su visualización, comprensión y análisis de los mismos.
9. Plan plurianual
En la matriz del Plan Plurianual encontramos que:
En la Línea de Desarrollo 2: Hábitat Sostenible, Componente 2.4.
Vivienda, Programa 2.4.1. Vivienda digna para vivir bien, Iniciativa de
proyecto 2.4.1.3. Mejoramiento integral de Vivienda, hay un error por
$20´000.000, entre la gestión institucional del 2017 y la gestión económica total
del 2017, lo cual altera en la misma cantidad el total de la gestión económica
del plan en su periodo.
PETICIÓN
Por todo lo
anteriormente expuesto, esta Veeduría les solicita muy respetuosamente DEROGAR LA RESOLUCIÓN 009 DE DICIEMBRE DE
2016 (“Por medio del cual se refrenda la decisión del Consejo Comunal de
Planeación Local de legitimar y adoptar la actualización del Plan de Desarrollo
Estratégico de la comuna 6-Doce de Octubre y se aprueba este Plan como la ruta
para gestionar el desarrollo del territorio”) y abrir los respectivos espacios
para:
ü
Un proceso de evaluación
ampliamente participativa de la vigencia anterior;
ü
La construcción de un diagnóstico ampliamente participativo haciendo contrastes o
comparaciones con el diagnóstico inicial y no con comparaciones de otras
comunas;
ü
La recolección de problemáticas que afecten a un porcentaje alto de habitantes del
territorio y sus posibles soluciones recogidas de la misma población y con ello
elaborar los respectivos proyectos
en la metodología que la Administración municipal defina;
ü
Diseñar e implementar un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación al mismo Plan para
que se tengan las claridades y certezas de que se va haciendo el proceso de
acuerdo a las normas existentes.
VÍCTOR
HUGO QUINTERO TANGARIFE JORGE IVÁN
ECHAVARRÍA AGUDELO
CC. 71'646,602 CC. 71´667.805
Coordinador Secretario
SAMUEL VALENCIA
GONZÁLEZ
C.C.
71´657.839
Veedor/investigador
[1] Contribuir al desarrollo humano integral de los habitantes de
la Comuna Seis de Medellín, por medio del ejercicio de la Veeduría ciudadana a
los procesos de gestión y correcta aplicación de los recursos públicos, planes,
programas y proyectos del Plan Estratégico de la Comuna Seis.
[2]
Recursos destinados del POAI (PLyPP y Jornadas de Vida y equidad) durante el
periodo 2005-2017 en el marco del Plan Estratégico en la Comuna 6 por
$115.605’417.646.oo
[3]
Ver documento Plan vigencia 2006-2015 de 50 páginas
[4] Retos
y Pedagogía del Ejercicio Veedor. Memorias de la Veeduría Ciudadana al Plan
Estratégico de la Comuna Seis Medellín 2012. Capítulo 2. El proceso de
Planeación Participativa en la Comuna 6 ¿Una realidad o una utopía?
[5] En revisión realizada por esta
Veeduría a los Planes de Desarrollo Nacional, Departamental (Antioquia)
Municipal (Medellín) y la Versión 2 del Plan Estratégico de la Comuna 6
(actualizado por el DAPM en 2010) para verificar si dichos planes cuentan con
un capítulo referente al Seguimiento y Evaluación, encontramos lo siguiente:
Mirando el Plan de Desarrollo Nacional 2014-2018, “Todos por un nuevo país”,
en formato virtual
(https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/PND/PND%202014-2018%20Tomo%202%20internet.pdf),
en su capítulo XIV se enuncia el “Seguimiento
y Evaluación del PND 2014-2018: Todos por un nuevo país” (págs. 1001-1013).
En cuanto al Plan de Desarrollo Departamental 2016-2019 “Antioquia piensa en grande”
encontramos en la página 522 lo más cercano a un ejercicio de seguimiento y
evaluación cuando expresa lo siguiente:
“32.2 FORTALECIMIENTO FINANCIERO En el marco del fortalecimiento
de la Hacienda Pública Departamental, se proyectan desarrollar las siguientes
acciones: Revisar y ajustar los principales indicadores y herramientas
financieras con los que cuenta actualmente el Departamento de Antioquia,
necesarios para el monitoreo de la gestión financiera y el logro en el
equilibrio de las finanzas departamentales, así como realizar el seguimiento y control en el cumplimiento del Marco
Fiscal de Mediano Plazo MFMP, Plan Anual Mensualizado de Caja – PAC, Plan
Financiero 2016-2019 e implementar las estrategias necesarias para la mejora de
acuerdo a la normatividad técnica y legal vigente.
Elaborar y
realizar los ajustes necesarios al Plan Financiero del Plan de Desarrollo
Departamental 2016-2019, que permita el apalancamiento del Plan de Inversiones,
la identificación de nuevas fuentes de recursos y la aplicación racional de
fondos que facilite la gestión de gobierno, con miras a lograr el mejoramiento
de las condiciones de vida de la comunidad Antioqueña.”
Cuando
revisamos el documento virtual del Plan
de Desarrollo de Medellín 2016-2019 “Medellín cuenta con vos”,
(http://bibliotecasmedellin.gov.co/content/uploads/2016/08/Plan_de-Desarrollo_Medell%C3%ADn_2016_2019.pdf)
se puede notar que contiene los capítulos: Generalidades, Parte estratégica,
Parte financiera, Programa de ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial y
por último se identifica claramente un capítulo titulado “El Sistema de Seguimiento y Evaluación del Plan de Desarrollo también
cuenta con vos” (págs. 607-614).
En el
Plan Estratégico de la Comuna 6 actualizado por el DAPM en el año 2010, se
dedica un capítulo entero (el N° 6) con el título: “Sistema de monitoreo, seguimiento y
evaluación.” (págs. 166-198)
[6] Según lo
consultado en la página www.kiterritorial.co del
Departamento Nacional de Planeación (DNP), los Planes de Desarrollo Territorial
(PDT) deben contar con cuatro (4) componentes a saber: Diagnóstico, Parte
estratégica, Plan de inversiones y Seguimiento y evaluación.
[7] En
el siguiente link se puede consultar las Normas APA: https://www.uexternado.edu.co/wp-content/uploads/2017/02/Manual-de-citaci%C3%B3n-APA-v7.pdf
[8] La
referencia de este libro en el instrumento (libro) versión 2017-2027, aparece
errada ya que, según las Normas APA, solo se cita el primer autor y la
referencia completa sería así: Gómez, E. (2008). Vivir bien frente al desarrollo.
Procesos de planeación participativa en Medellín. Medellín. Pregón Ltda.
[9] En
la Referencia, el nombre del texto esta incorrecto, el nombre correcto es:
“Gómez, E. (2008). Discursos y Prácticas del Vivir Bien y del Desarrollo en la
Comuna 6 (Doce de Octubre), procesos de planeación participativa. Senderos de
desarrollo SENDAS (1997 – 2005) y Construyendo Ciudad (2005 – 2008).
Universidad de Antioquia, Corporación Picacho con Futuro. Medellín, Colombia.
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