EL DOCUMENTO PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 2017 - 2027, REQUIERE UNA REVISIÓN DE FORMA Y DE FONDO.


Mediante Derecho de Petición, la Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna, le solicita respetuosamente, a la Junta Administradora Local de la Comuna 6, DEROGUE la Resolución 009 de diciembre de 2016 “Por medio de la cual se refrenda la decisión del Consejo Comunal de Planeación Local de legitimar y adoptar la actualización del Plan de Desarrollo Estratégico de la Comuna 6-Doce de Octubre y se aprueba este Plan como la ruta para gestionar el desarrollo del territorio”   

El siguiente es el contenido de la petición:

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Medellín, 06 de febrero de 2018



Señores(as):
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL
Comuna 6
Ciudad



Asunto: Solicitud para que analicen la posibilidad de derogar la Resolución 009 de 2016.


Cordial saludo


Respetados señores y señoras, con fundamento en el Artículo 23 de la Constitución Política de Colombia de 1991, respetuosamente le solicitamos a la Junta Administradora Local de la Comuna 6, DEROGUE la Resolución 009 de diciembre de 2016 “Por medio de la cual se refrenda la decisión del Consejo Comunal de Planeación Local de legitimar y adoptar la actualización del Plan de Desarrollo Estratégico de la Comuna 6-Doce de Octubre y se aprueba este Plan como la ruta para gestionar el desarrollo del territorio”, toda vez que según los análisis realizados por esta Veeduría al documento “Plan Estratégico Comuna 6 – Doce de Octubre 2017-2027 ¡Vivir bien!” presenta graves inconsistencias técnicas en cuanto a la estructura propuesta por el Departamento Nacional de Planeación DNP, las normas legales vigentes al respecto y las teorías relevantes de carácter internacional, como se demostrará en el desarrollo argumentativo de esta petición.

MARCO LEGAL

La Veeduría al Plan Estratégico de la Comuna 6, con registro 294 del 18 de noviembre de 2011 y de acuerdo a los principios democráticos, de participación ciudadana y del derecho y la doctrina especificados en:

La Constitución Política de Colombia.
En los artículos 48, 49, 209, 288 y 356

Ley 152 de 1994.
En los artículos 3°, 32 y 45

Decreto 111 de 1996
En los artículos del 12 al 21

Ley 850 de 1993
En los artículos del 7 al 14

Acuerdo municipal 43 de 2007
En el artículo 2°

Principios filosóficos del PDL 2010 actualizado por el DAPM
En las páginas 176, 177 y 178

Ley 1474 de 2011
En los artículos 64, literal g y en el artículo 78

Ley 1757 de 2015
En los artículos 48, 49, 64 literal f, y en el 66

Acuerdo municipal 28 de 2017
En el artículo 4°

Decreto 697 de 2017
En el artículo 3°

CONSIDERACIONES

Teniendo en cuenta que:

*    Desde la Constitución Política de Colombia de 1991, se establece la planeación (incluida en ella la Evaluación) como una importante herramienta para la modernización del Estado y la generación de desarrollo en las comunidades.

*    En concordancia con el desarrollo teórico alcanzado a nivel internacional, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) ha desarrollado un importante corpus teórico metodológico que busca delimitar los elementos mínimos que se deben adoptar en los diferentes niveles del Estado al momento de desarrollar procesos de planeación tales como: Diagnóstico, Parte estratégica, Plan de inversiones y Seguimiento y Evaluación.

*    La inclusión de estos elementos en el Plan Estratégico de la Comuna 6 (PE C6), documento teórico, así como garantizar los instrumentos, las metodologías, la ruta, los cronogramas, entre otros, para su implementación en el proceso práctico (praxis), son necesarios para garantizar la eficiente y eficaz ejecución de los recursos públicos y/o privados que se destinen para el proceso de planeación del desarrollo de la comuna.

*    La Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna 6 (VC PE C6) en cumplimiento de su objeto de control[1] acordó realizar en su plan de trabajo para el año 2017 las siguientes evaluaciones: proceso de planeación del desarrollo de la Comuna 6 de Medellín y el instrumento que lo orientó (“Plan Estratégico Comuna 6 2006 – 2015 Un territorio para vivir dignamente”) y la estructura del instrumento “Plan Estratégico Comuna 6 – Doce de Octubre 2017 – 2027 ¡Vivir bien!”

*    En esta tarea, la Veeduría encontró serias falencias respecto a la estructura de ambos instrumentos (vigencias 2006 – 2015 y 2017 – 2027) y del proceso práctico que se llevó a cabo en la primera vigencia (2006 – 2015) poniendo en riesgo recursos públicos y/o privados. Y en la actual vigencia (2017 – 2027) dichas falencias continúan y algunas se incrementan, como se demostrará en la narración de los hechos de esta petición.

*    En el caso de la Comuna 6, los intentos por dotar a su plan de desarrollo de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación no se ha logrado. 

*    El proceso de planeación requiere de atender la normatividad establecida y entre ella, las acciones de planeación, priorización, ejecución y evaluación, todas ellas de manera ampliamente participativa.

*    La voluntad política de los actores quienes intervienen en el proceso de planeación es fundamental.

*    El instrumento (libro) presenta significativas irregularidades que se presentarán en los siguientes hechos:


HECHOS

A continuación presentamos las falencias más relevantes encontradas por esta Veeduría en ambos periodos y que consideramos, pusieron y continúan poniendo en riesgo los recursos públicos[2] y privados que se le destinaron y que se le puedan destinar en el futuro al proceso de planeación del desarrollo, mediante el instrumento Plan de Desarrollo Estratégico de la Comuna 6

“PLAN ESTRATÉGICO COMUNA 6 –  2006-2015
UN TERRITORIO PARA VIVIR DIGNAMENTE”

En este periodo se identifican dos versiones del instrumento Plan estratégico Comuna 6, mediante los cuales se destinaron más de ciento quince mil seiscientos cinco millones de pesos ($115.605’000.000) que se ejecutaron temerariamente, si se tiene en cuenta las siguientes graves falencias que presentaba cada una de las versiones del instrumento en mención:

PE C6 Versión 1 (2006-2010)

1.  Los primeros cinco años se destinaron recursos públicos del Programa Planeación Local y Presupuesto Participativo al proceso de planeación del desarrollo en la Comuna 6 con base en un instrumento que, como pudimos constatar[3], adolece de un Plan de inversiones en el cual se determine con mediana claridad metas e indicadores; tampoco cuenta con un Sistema de Seguimiento y Evaluación.

2.  Si bien durante este periodo el instrumento contaba con un diagnóstico y una parte estratégica, en la práctica los recursos fueron destinados a satisfacer intereses individuales de organizaciones y líderes, debido a que el instrumento no contaba con proyectos técnicamente formulados que garantizaran atender y transformar las problemáticas detectadas en el diagnóstico y cumplir con los programas mencionados en la parte estratégica.

3.  Prueba de lo anterior es que al finalizar el periodo 2006-2015, no fue posible realizar una evaluación a los resultados o impactos alcanzados por estos “proyectos”, y por ende, tampoco fue posible establecer con claridad si las estrategias determinadas en este plan fueron medianamente acertadas 

PE C6 Versión 2 (2011-2015)

Para el año 2010, el Departamento Administrativo de Planeación de Medellín (DAPM) realiza la actualización del PE C6, la cual consistió en incluirle indicadores sólo de productos, pero continua adoleciendo de metas claras y medibles; en este documento se incluyen seis elementos, por medio de los cuales se pretende garantizar, que el proceso de planeación del desarrollo en la Comuna 6 cuente con: una ruta, una metodología y algunos instrumentos que le permitan avanzar de manera más técnica en la planeación pertinente del desarrollo de los habitantes de la Comuna 6. Dichos elementos son:

  1.  Ruta metodológica
  2.  Estado situacional del desarrollo
  3.  Línea base
  4.  Mapeo de actores
  5.  Modelo de gestión integral:
a.  Resultados del análisis estructural
b.  Diseño y construcción de escenarios
c.   Cadena de valor
  6.  Sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación.

Sin embargo, al finalizar el periodo de vigencia (2006-2015) del proceso de planeación en la Comuna 6, no fue posible evaluar con claridad si estos elementos se lograron desarrollar en algún porcentaje en la práctica y cuáles fueron sus aportes (positivos o negativos) al proceso; al parecer, tal y como pasó con el capítulo  seis de este documento donde se describe teóricamente los elementos que debe contener un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, los demás elementos se quedaron en un desarrollo teórico, sin ser implementados en la práctica, lo que convirtió en una acción temeraria, el hecho de haber destinado recursos públicos mediante este instrumento, durante este periodo de tiempo.

Tal como se indicó, el Plan de Desarrollo Local de la Comuna se encuentra en un proceso de revisión y fortalecimiento, por lo que aún no se cuenta con la definición clara y precisa de las metas, indicadores, responsabilidades, acciones, recursos y tiempos para realizar los diferentes proyectos; condición que impide la formulación adecuada del sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan. A pesar de esta limitación, se realiza la presente propuesta, retomando los acumulados presentes en el Plan, esperando ser un insumo para el fortalecimiento del mismo. PE C6 Versión 2 (2011-2015) pág. 180

Igualmente se evidencia esta falencia en el texto de Esperanza Gómez Hernández titulado Planeación participativa. Realidades y retos del año 2012 cuando expresa:
      
Tal como reconoce la propuesta de monitoreo, seguimiento y evaluación del plan de la comuna, presentada por Esumer en el año 2009, al momento de formular la propuesta de seguimiento no se encuentran o no se conocen proyectos y metas precisas del plan; por lo tanto, los indicadores propuestos se infieren de la lectura juiciosa de la formulación del plan y el interés colectivo, respetando los alcances y la propia lógica de formulación del plan. (pág. 213)

Para el año 2015, la Secretaría de Participación Ciudadana de la Alcaldía de Medellín, por medio del Convenio de Asociación N° 4600060277 de 2015,  encarga a la Fundación Colombia Humana la realización de la evaluación al Plan Estratégico de la Comuna 6 vigencia 2006-2015 y en las observaciones de dicha evaluación, se confirma la alerta de esta Veeduría sobre la ausencia de metas e indicadores claros y medibles que permitan la evaluación de este Plan.

Durante el ejercicio de evaluación que se pretendió realizar, el Plan Estratégico de la comuna seis se identificó más como una caracterización del estado de dicha comuna en distintos temas que como un plan estratégico rector de políticas públicas orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de la población en tanto que no define ni estructura problemas públicos, ni fija indicadores de línea base, metas y objetivos. Fundación Colombia Humana. Documento final de evaluación al Plan Estratégico de la Comuna 6 Doce de Octubre. 2015. Pág. 38

A manera de conclusión, se puede decir que durante el periodo 2006-2015, el proceso de planeación del desarrollo en la Comuna 6, no obstante contar con un instrumento de planeación (PE C6), el cual contaba con algunos elementos de los recomendados por el DNP, adoleció de otros tan importantes como un Plan indicativo (dotado de proyectos técnicamente formulados) y un Sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación que le permitiese, en la práctica, garantizar la correcta ejecución de los recursos públicos, por lo tanto, durante los diez (10) años de vigencia de este instrumento, se invirtieron dichos recursos de manera temeraria sin garantizar las mínimas medidas técnicas de ejecución y de control.

En su ejercicio, la Veeduría pudo evidenciar que el programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo (PL y PP), en la Comuna 6, se redujo a la ejecución de los recursos de dicho programa (Presupuesto Participativo) dejando de lado la Planeación Local (PL) participativa del desarrollo[4], fenómeno que terminó por concentrar la participación en un grupo mínimo de líderes y operadores que ejecutaron los recursos de este programa.


“PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO COMUNA 6 – DOCE DE OCTUBRE 2017 -2027
¡VIVIR BIEN!”

Debido a que este instrumento (PE C6) recién inicia su vigencia y por lo tanto, aún no se implementa su  ejecución; a continuación se hace referencia a algunos aspectos de fondo y de forma que consideramos afectarían a corto, mediano y largo plazo el proceso de planeación del desarrollo y la rigurosidad con que debió ser construido dicho documento, además, del alto riesgo de malversación de recursos públicos:

ASPECTOS DE FONDO:

Según lo consultado en la página www.kiterritorial.co del Departamento Nacional de Planeación (DNP), los Planes de Desarrollo Territorial (PDT) deben contar con cuatro (4) componentes a saber: Diagnóstico, Parte estratégica, Plan de inversiones y Seguimiento y evaluación y que por los principios de Coordinación, Armonización, Concurrencia y Subsidiaridad, deben aplicar a los diferentes niveles administrativos del Estado (Nacional, Departamental, Municipal y Local -Comunas y Corregimientos-). Como se puede evidenciar en el nuevo instrumento de planeación de la comuna 6, éste adolece de importantes elementos en cuanto a estos cuatro componentes, como se expone a continuación:

  1. Diagnóstico:

a.  Construcción del nuevo instrumento sin evaluación del anterior.

Como lo evidenció esta Veeduría en su Informe sobre el Acompañamiento al Proceso de Evaluación y Actualización del PE C6 2006-2015 y que fue socializado en los diversos espacios de participación de la comuna y ante la Administración municipal, el anterior Plan Estratégico de la Comuna 6 de Medellín, vigencia 2006 – 2015, no tuvo un proceso participativo y amplio de evaluación que permitiera identificar los aciertos y los desaciertos,  y con esos elementos, poder definir cuáles se pudieran modificar, cuáles son susceptibles de mejoramiento, y con esa evaluación se constituya la línea base, con miras a lograr un mejor proceso de planeación del desarrollo en la vigencia 2017-2027

b.  Construcción del  instrumento con baja participación ciudadana.

En el informe de la Veeduría mencionado en el punto anterior, también se evidencia que la construcción del nuevo instrumento de planeación del territorio (vigencia 2017-2027) fue realizado con un porcentaje muy bajo de habitantes de la Comuna 6, los participantes en este proceso de actualización fueron, en su mayoría, un grupo de líderes que no superan las cien (100) personas, quienes tradicionalmente (desde la aparición de PL y PP) han fungido como “la comunidad” en el proceso de planeación en la Comuna; concentrándose la participación en este reducido número de personas.

c.  Desatención a los Conceptos pertinentes emitidos por personas y organizaciones al Anteproyecto del Plan.

Durante el proceso de actualización del Plan Estratégico de la Comuna 6 2017-2027, se solicitó a los actores de la planeación del desarrollo del territorio (organizaciones y líderes), emitir un Concepto sobre el Anteproyecto de actualización del Plan, sin embargo, aunque se presentaron importantes reflexiones y aportes sobre dicho documento por parte de organizaciones como: Corporación para el Desarrollo Picacho con Futuro, el Colectivo de Mujeres de la Comuna 6 (acompañadas por la Corporación Mujeres que crean), Mesa Afrocomuna 6, Corporación Cívica Juventudes de Antioquia, la VCPE C-6 y el Colectivo de vecinos (Estudiantes del diplomado Participación y desarrollo local); en revisión realizada por esta Veeduría, comparando el Anteproyecto y la Versión final (oficial) encontramos que ninguno de los aportes realizados en dichos Conceptos, fueron tenidos en cuenta, salvo la mención de algunos términos alusivos al tema de inclusión social como género y etnias, sin alguna trascendencia teórico-práctica en cuanto al reconocimiento de las propuestas manifestadas en su Concepto por estos grupos poblacionales

  2. Parte estratégica:

En su parte estratégica, este nuevo instrumento trae párrafos enteros del anterior instrumento sin argumentar siquiera el o los motivos por los cuáles se retoman esas concepciones como si nuestro territorio, con sus dinámicas, no hubiera tenido cambios significativos en el transcurso de diez (10) años:

a.  Copie y pegue de la “Visión” del Plan anterior (2006 – 2015) con título diferente “Horizontes de sentidos compartidos” en el nuevo Plan (2017-2027)

Se copia y se pega tal cual está en el instrumento de vigencia anterior sin dar ningún argumento que dé claridad del por qué se toma así, no se sabe si mejoramos, seguimos igual o si por el contrario, hemos retrocedido frente a este sueño.

 

b.  Enfoque.

Retomamos del Concepto al Anteproyecto del Plan Estratégico emitido por esta Veeduría, en la cual expresábamos que:

“Durante los últimos diez (10) años, hemos caminado repitiendo “Un territorio para vivir dignamente” como si fuese el “slogan” de una campaña de marketing; desde la Veeduría, hemos encontrado que un porcentaje alto de líderes y organizaciones (la avanzada de la planeación del desarrollo en la Comuna) no han introyectado el trasfondo de este concepto como horizonte filosófico, esto es, para lograr un “Desarrollo Humano Integra (DHI)”.
En la revisión preliminar del “Anteproyecto Plan Estratégico de  Desarrollo Comuna 6 – Doce de Octubre 2017-2027”, se plantea un nuevo concepto “Vivir Bien”, el cual, inclusive en algún aparte del documento es acompañado del concepto “sin humillaciones”; a este respecto nos preocupa:
ü Que el proceso de reflexión sobre el horizonte filosófico que debe soportar o fundamentar la planeación del desarrollo en la Comuna 6, para los próximos once (11) años, se halla realizado desde un equipo de profesionales, que si bien cuentan con trayectoria comunitaria y sobrados pergaminos académicos, no ha contado con la participación de otros profesionales (de todas las disciplinas) con que cuenta el territorio: en las organizaciones, los líderes y por qué no, entre sus habitantes, con el fin de fortalecer el documento, mediante el intercambio de saberes.
ü Que la falta de una conceptualización amplia con los diferentes actores de la planeación del desarrollo e inclusive con los habitantes de a pie, nos conduzca otros once años repitiendo “como loros” un slogan que como marketing puede arrojar algún resultado, pero que en la construcción y apropiación colectiva de idearios de desarrollo no aporte mucho.
ü Que el horizonte filosófico planteado, está respaldado por un corpus teórico, recogido de varios autores; y que por lo tanto, requiere una revisión hermenéutica con el fin de comprender y aprehender a profundidad el horizonte (reto de desarrollo) que se propone.

En este orden de ideas, consideramos que el tiempo destinado para la construcción PARTICIPATIVA del Anteproyecto y para su revisión por parte de los actores de la planeación del desarrollo y para que estos lo socializaran y trabajar con su respectiva base social, fue insuficiente, lo que afectó ostensiblemente el logro del requisito de ser ampliamente participativo.”

Por lo anterior, reiteramos que el tema del Enfoque amerita una mayor y más amplia discusión y claridad de lo que él mismo pretende y que los habitantes del territorio, decidan si es ese o no y los motivos por los cuales lo adoptan o no.

c.  En cuanto a los otros elementos que se deben tener en cuenta en la elaboración o diseño participativo de la parte estratégica, esto es: Análisis de alternativas, Formulación y priorización de objetivos, Ejes estratégicos, Estructuración de programas e Indicadores y metas; en la revisión del instrumento PE C-6 periodo 2017-2027, esta Veeduría pudo constatar que dicho instrumento cuenta con: Líneas, Componentes, Programas, Ideas de proyectos; sin embargo, como se dijo antes, su construcción no fue ampliamente participativa e incluso algunos de estos elementos no fueron construidos o puestos en consideración del reducido número de personas que participó en la actualización del Plan; de esto podemos dar cuenta ya que revisamos los documentos que soportan el proceso de actualización y fuimos partícipes en una parte del mismo.

  3. Plan de inversiones:

Si bien el instrumento PE C-6 2017-2027 cuenta con un Plan de inversiones, es importante resaltar que dicho Plan no cuenta con proyectos técnicamente formulados, por lo tanto carece de metas e indicadores claros, lo que dificulta su posterior evaluación. A esto hay que sumarle que un alto porcentaje (más del 70%) de las “iniciativas de proyectos” de este Plan no cuentan con línea base ya que, como se advirtió anteriormente, el anterior Plan Estratégico vigencia 2006-2015, no fue evaluado y por lo tanto, no se pudo constituir una línea base medianamente confiable.

De otro lado, no se evidencia en el nuevo Plan, concordancia entre las necesidades expresadas en el instrumento mediante “iniciativas de proyectos” y las brechas de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) que presenta el Índice Multidimensional de Condiciones de Vida (IMCV) para el año 2015.

En la Comuna 6 de Medellín, y quizás en el resto de comunas de la ciudad, se ha denominado “iniciativas de proyectos” a unos simples enunciados de unas supuestas problemáticas que padecen un buen número de personas en el territorio.

En el contexto social, tomando la analogía del árbol de problemas, vemos que para la elaboración de un proyecto social, cuya característica principal, es que debe ser construido participativamente con la población objetivo e involucrada en el mismo; primero, hay que identificar, el problema (estructural) central que, luego pasa a ser el objetivo general en el árbol de objetivos, el cual debe estar formulado con un verbo fuerte en infinitivo que exija (a los involucrados), la transformación del problema identificado, de éste se desprenden los indicadores de impactos/efectos para su monitoreo, seguimiento y evaluación. Luego, se identifican las causas/efectos (medios/fines), que de allí, surgen los indicadores de gestión y productos, también construidos participativamente con la población objetivo e involucrada.

Aplicando lo anterior al despliegue estratégico de la Comuna 6, 2017 – 2027, no identificamos problemas estructurales a solucionar; los componentes, programa e iniciativas de proyectos, de las diferentes líneas temáticas, están más dirigidos a atender efectos/consecuencias que a solucionar los problemas, por medio de la atención a sus causas.  Es algo así como podar las ramas, pero no se interviene la raíz (causas) y, en ese orden de ideas, el árbol/problema, siempre estará ahí, siendo los operadores de las intervenciones, los únicos beneficiados.

A continuación, a manera de ejemplo, presentamos una imagen de la Línea de desarrollo 1: Socio-Cultural, en la cual se puede observar las “Iniciativas de proyectos” y los recursos económicos que, año tras año, hasta el 2027, se requieren para atender dichas iniciativas y que no resuelven las problemáticas existentes.



  4. Seguimiento y Evaluación:

En la actualización del Plan Estratégico de la Comuna 6 2017-2027, el instrumento (libro), no cuenta con un componente o capítulo mediante el cual se exprese de manera teórica y práctica, la implementación de un Sistema de Seguimiento y Evaluación, lo que evidencia un retroceso en el proceso de planeación del territorio. En consultas realizadas por esta Veeduría, a la Administración Municipal, la Junta Administradora Local (JAL) y a la Institución Universitaria ESUMER, quien ha  operado el Plan Estratégico en los últimos años, se nos informó que no necesariamente en el Libro debe quedar el Sistema de Seguimiento y Evaluación[5], sin embargo, no hemos encontrado otro documento que dé cuenta de una propuesta para la construcción teórico-práctica que facilite la implementación del sistema, diferente a la propuesta que presentó esta Veeduría: Sistema de Evaluación, Monitoreo, Seguimiento y Evaluación (SEMSE).

De acuerdo a lo anterior, el instrumento Plan Estratégico Comuna 6 2017-2027, no cuenta con el componente de Seguimiento y evaluación, como se referencia en el documento virtual del DNP[6] antes citado, lo que implica, por un lado, que no se constituya como tal, y por el otro, se desconoce la normatividad que lo reglamenta.


ASPECTOS DE FORMA:

No menos relevantes que los aspectos de fondo tratados anteriormente, ésta Veeduría encontró una serie de aspectos de forma en la construcción del instrumento (documento libro) los cuales enumeramos a continuación:

  1. Plagio y/o Autoplagio.

En este aparte y para mayor claridad, se presentarán las imágenes de cada uno de los dos planes (vigencia 2006-2015 y 2017-2027) donde se evidencian las irregularidades de copie y pegue, sin referenciar el documento origen, ni presentar los motivos (justificación) por los cuales se realiza esa acción: es de anotar que en términos académicos o de construcción formal de textos, ésta práctica es conocida como Autoplagio, definido éste por el Manual de citación de la Universidad Externado de Colombia como: “Es cuando se utilizan ideas o textos anteriores de elaboración propia sin ser debidamente referenciadas y citados en obras nuevas.
Esto puede llevar a incurrir a ser señalado como copia o fraude siendo una actividad antiética.” (p. 8).

Aquí vale la pena aclarar que, si miramos los documentos como producidos directamente por la Administración Municipal, quien aparece liderando y además, es el  contratante de las publicaciones citadas se denominaría AUTOPLAGIO. Y si lo miramos como documentos producidos respectivamente por la Corporación para el Desarrollo Picacho con Futuro (vigencia 2006-2015) y la Fundación Universitaria ESUMER (vigencia 2017-2027), se denominaría PLAGIO.

PLAGIO:

Es el acto de utilizar o extraer parcial o totalmente una obra, texto, idea, recurso multimedia, entre otros, sin dar el debido reconocimiento al autor creador mediante su referencia o citación dentro de una obra.
Aún cuando se parafrasea (se dice con palabras propias lo que ha dicho un autor) o cuando se hace traducción de un texto, se debe dar el correspondiente crédito a su autor original. (Manual de citación de la Universidad Externado de Colombia, p. 8).
      
En este sentido, las consecuencias legales plasmadas en la Ley 1032 de 2006 en su artículo 2°, cuando modifica el artículo 271 del Código Penal, expresa que la “Violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos. Incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes…”

CUADRO COMPARATIVO AMBOS PLANES

PLAN ESTRATÉGICO COMUNA 6 2006-2015
PLAN ESTRATÉGICO COMUNA 6 2017-2027

 












A continuación se evidencia el copie y pegue sin hacer alusión al lugar de donde se copió textualmente: (Diagnóstico vigencia anterior p. 7 y Plan vigencia actual p. 83 respectivamente)



  2. Cálculos de porcentajes errados y por ende es errada la sumatoria.

Como se puede notar en la página 65 del nuevo instrumento donde se hace alusión al “Número de viviendas” si sumamos los porcentajes que allí se exponen con relación al “total de viviendas” que son 51.759, el 51% corresponde a apartamentos, el 44.7% corresponde a casas y el 1.5% corresponde a cuartos en inquilinato y cuartos; el total sería 97.2%.
Es posible que el desequilibrio matemático de 2.7 entre el 100% de la unidad y las porciones en que se dividió ésta, radique en la mala digitación de la cifra 44.7%, ya que al aplicar la operación matemática “regla de tres” se detecta que el porcentaje que corresponde a casas no es 44.7% sino 47.4% y con esta claridad, la sumatoria sí da el 100.0%.
Este tipo de anomalías en un texto académico, cuyo fin fundamental es la posterior consulta para investigadores y ciudadanos en general, denotan falta de rigor en su construcción y revisión, lo que puede conducir a errores en casos donde las cifras son material de soporte académico o teórico o como en este caso que el error migra de una versión a otra del Plan (Anteproyecto, Versión 1, Versión 2 y Versión oficial), sin que haya sido detectada en las diferentes revisiones que se le debió hacer a cada versión.



  3. Normas APA[7] omitidas.

“Cuando hay una cita directa de más de 40 palabras esta debe ir en un párrafo aparte, sin comillas y con sangría así:
También hay autores que resaltan que:
Es claro que los medios digitales, en particular las redes sociales, han modificado la forma en que se producen la interacción interpersonal y la expresión de la identidad individual. La interacción en las redes sociales tiene cuatro características básicas: Persistencia, simultaneidad, linkabilidad, y el hecho de que la narrativa interior es pública. (Corredor, 2011, p. 47)”
      
El ejemplo que se presenta a continuación, da cuenta de esta omisión y se asume que la cita es de quien produce este instrumento, en este caso la Fundación Universitaria ESUMER o cualquiera de los profesionales que se contrataron para ello cuando se expresa que “… desde la Comuna 6 entendemos el desarrollo como:” o sea, que ese “entendemos el desarrollo” es lo que dicen Saavedra y otros. Además, no se especifica el número de la página de la cual se extrae la cita



El siguiente ejemplo muestra otro copie y pegue que se trae sin referencia del texto de donde se toma, ni su autor, ni su respectivo número de página.



A continuación, en ninguno de los dos textos de Esperanza Gómez Hernández referenciados: aparece la cita (textual o parafraseada) en la página 41. Tampoco se acoge a las Normas APA cuando omite la siguiente regla de esta norma: “Cuando hay una cita directa de más de 40 palabras esta debe ir en un párrafo aparte, sin comillas y con sangría” Subrayado fuera de texto.



Igual sucede en la siguiente cita donde los últimos tres párrafos son textuales y según la Norma se debe dejar con sangría y especificando el número de página.



  4. Nomencladores.

En la Dimensión Hábitat, se mencionan variables separadas por el signo de puntuación coma (,) lo que da a entender que son cinco (5) variables: Vivienda, Espacio público, Equipamiento, Movilidad y transporte y Medio ambiente, las cuales luego son especificadas o definidas en subnumeradores (6.2.1, 6.2.2, 6.2.3, 6.2.4), sin embargo, como se puede observar aunque al parecer son cinco variables, en la subnumeración solo se llega hasta cuatro variables, debido a que la variable Equipamiento no se enumeró y quedó como si hiciera parte de la variable Espacio público.

Es de anotar que en las anteriores versiones del periodo 2006-2015 la Dimensión Hábitat está constituida por cinco (5) variables: 1. Vivienda, 2. Espacio público, 3. Equipamiento, 4. Movilidad y transporte y 5. Medio ambiente.


Y a las variables Movilidad y transporte y Medio ambiente les corresponde, respectivamente, los nomencladores 6.2.4 y 6.2.5 y aparecen como 6.2.3 y 6.2.4





  5. Referencias erróneas.

En ninguno de los dos textos de Esperanza Gómez Hernández referenciados: Gómez, E., Vásquez G.; Pérez, Néstor., Tamayo, M., y otros. (2008). Vivir Bien Frente al Desarrollo. Procesos de planeación participativa. Medellín.[8] y Gómez, E. (2008). Discursos y Prácticas del Buen Vivir [sic][9] y del Desarrollo en la Comuna 6 (Doce de Octubre), procesos de planeación participativa. Senderos de desarrollo SENDAS (1997 – 2005) y Construyendo Ciudad (2005 – 2008). Universidad de Antioquia, Corporación Picacho con Futuro. Medellín, Colombia., aparece la cita (textual o parafraseada) en la página 41.

Además, según las Normas APA,
“Si el mismo autor es citado dos o más veces y el año es el mismo, coloque en el año una letra consecutiva, la cual también va en la referencia así:
García Márquez (2007a) ó García Márquez (2007b)”



  6. Cita sin autor.
Como se puede observar, en la página 76, se encuentra una cita entre comillas que no se acoge a las Normas APA cuando omite la siguiente regla de esta norma: “Cuando hay una cita directa de más de 40 palabras esta debe ir en un párrafo aparte, sin comillas y con sangría”. Subrayado fuera de texto. Tampoco referencia autor, año, ni página. 



En la “Tabla 23. Aspectos que dificultan los procesos organizativos”, se van presentando algunos testimonios de organizaciones y se llega a uno de ellos que no presenta su respectivo autor ni el año en que se dio.



  7. Referencias bibliográficas erróneas.

En este aparte se mostrarán las inconsistencias que se perciben con relación a las Normas APA

En el Instrumento Plan encontramos en la siguiente diapositiva que en las referencias de Esperanza Gómez Hernández, en la primera se omite que se debe poner solamente el apellido del primer autor y la letra inicial de su nombre seguido de “et al.” o si se quiere “y otros” pero se debe ser consistente en el término, si se utiliza uno de los dos, SIEMPRE se deberá utilizar el mismo y no mezclarlos; y en la segunda referencia se nombra mal el título del texto que se cita, pues el título del mismo correctamente es “Discursos y prácticas del vivir bien y el desarrollo en la comuna seis (Doce de Octubre). Procesos de planeación participativa Senderos de desarrollo Sendas (1997-2005) y Construyendo ciudad (2005-2008). Zona noroccidental de Medellín, Colombia 2008”


  8. Mapas reducidos.

Con relación a este punto se quiere resaltar que en el Anteproyecto y el Plan aprobado en la Asamblea Comunal del 04 de diciembre de 2016, los mapas se presentaban en páginas completas, permitiendo esto, una mejor lectura del mismo. Ya en el documento publicado se observa que el tamaño de los mencionados, se ha reducido en un porcentaje considerable, lo que impide ser un infográfico pertinente para su visualización, comprensión y análisis de los mismos.   



  9. Plan plurianual

En la matriz del Plan Plurianual encontramos que:

En la Línea de Desarrollo 2: Hábitat Sostenible, Componente 2.4. Vivienda, Programa 2.4.1. Vivienda digna para vivir bien, Iniciativa de proyecto 2.4.1.3. Mejoramiento integral de Vivienda, hay un error por $20´000.000, entre la gestión institucional del 2017 y la gestión económica total del 2017, lo cual altera en la misma cantidad el total de la gestión económica del plan en su periodo.


PETICIÓN

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Veeduría les solicita muy respetuosamente DEROGAR LA RESOLUCIÓN 009 DE DICIEMBRE DE 2016 (“Por medio del cual se refrenda la decisión del Consejo Comunal de Planeación Local de legitimar y adoptar la actualización del Plan de Desarrollo Estratégico de la comuna 6-Doce de Octubre y se aprueba este Plan como la ruta para gestionar el desarrollo del territorio”) y abrir los respectivos espacios para:

 ü Un proceso de evaluación ampliamente participativa de la vigencia anterior;
 ü La construcción de un diagnóstico ampliamente participativo haciendo contrastes o comparaciones con el diagnóstico inicial y no con comparaciones de otras comunas;
 ü La recolección de problemáticas que afecten a un porcentaje alto de habitantes del territorio y sus posibles soluciones recogidas de la misma población y con ello elaborar los respectivos proyectos en la metodología que la Administración municipal defina;
 ü Diseñar e implementar un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación al mismo Plan para que se tengan las claridades y certezas de que se va haciendo el proceso de acuerdo a las normas existentes.


VÍCTOR HUGO QUINTERO TANGARIFE         JORGE IVÁN ECHAVARRÍA AGUDELO
CC. 71'646,602                                 CC. 71´667.805
Coordinador                                     Secretario


SAMUEL VALENCIA GONZÁLEZ
C.C. 71´657.839
Veedor/investigador



[1] Contribuir al desarrollo humano integral de los habitantes de la Comuna Seis de Medellín, por medio del ejercicio de la Veeduría ciudadana a los procesos de gestión y correcta aplicación de los recursos públicos, planes, programas y proyectos del Plan Estratégico de la Comuna Seis.
[2] Recursos destinados del POAI (PLyPP y Jornadas de Vida y equidad) durante el periodo 2005-2017 en el marco del Plan Estratégico en la Comuna 6 por $115.605’417.646.oo
[3] Ver documento Plan vigencia 2006-2015 de 50 páginas
[4] Retos y Pedagogía del Ejercicio Veedor. Memorias de la Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna Seis Medellín 2012. Capítulo 2. El proceso de Planeación Participativa en la Comuna 6 ¿Una realidad o una utopía?
[5] En revisión realizada por esta Veeduría a los Planes de Desarrollo Nacional, Departamental (Antioquia) Municipal (Medellín) y la Versión 2 del Plan Estratégico de la Comuna 6 (actualizado por el DAPM en 2010) para verificar si dichos planes cuentan con un capítulo referente al Seguimiento y Evaluación, encontramos lo siguiente:
Mirando el Plan de Desarrollo Nacional 2014-2018, “Todos por un nuevo país”, en formato virtual (https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/PND/PND%202014-2018%20Tomo%202%20internet.pdf), en su capítulo XIV se enuncia el “Seguimiento y Evaluación del PND 2014-2018: Todos por un nuevo país(págs. 1001-1013).
En cuanto al Plan de Desarrollo Departamental 2016-2019 “Antioquia piensa en grande” encontramos en la página 522 lo más cercano a un ejercicio de seguimiento y evaluación cuando expresa lo siguiente:
“32.2 FORTALECIMIENTO FINANCIERO En el marco del fortalecimiento de la Hacienda Pública Departamental, se proyectan desarrollar las siguientes acciones: Revisar y ajustar los principales indicadores y herramientas financieras con los que cuenta actualmente el Departamento de Antioquia, necesarios para el monitoreo de la gestión financiera y el logro en el equilibrio de las finanzas departamentales, así como realizar el seguimiento y control en el cumplimiento del Marco Fiscal de Mediano Plazo MFMP, Plan Anual Mensualizado de Caja – PAC, Plan Financiero 2016-2019 e implementar las estrategias necesarias para la mejora de acuerdo a la normatividad técnica y legal vigente.
Elaborar y realizar los ajustes necesarios al Plan Financiero del Plan de Desarrollo Departamental 2016-2019, que permita el apalancamiento del Plan de Inversiones, la identificación de nuevas fuentes de recursos y la aplicación racional de fondos que facilite la gestión de gobierno, con miras a lograr el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad Antioqueña.”
Cuando revisamos el documento virtual del Plan de Desarrollo de Medellín 2016-2019 “Medellín cuenta con vos”, (http://bibliotecasmedellin.gov.co/content/uploads/2016/08/Plan_de-Desarrollo_Medell%C3%ADn_2016_2019.pdf) se puede notar que contiene los capítulos: Generalidades, Parte estratégica, Parte financiera, Programa de ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial y por último se identifica claramente un capítulo titulado “El Sistema de Seguimiento y Evaluación del Plan de Desarrollo también cuenta con vos(págs. 607-614).
En el Plan Estratégico de la Comuna 6 actualizado por el DAPM en el año 2010, se dedica un capítulo entero (el N° 6) con el título: “Sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación.” (págs. 166-198)
[6] Según lo consultado en la página www.kiterritorial.co del Departamento Nacional de Planeación (DNP), los Planes de Desarrollo Territorial (PDT) deben contar con cuatro (4) componentes a saber: Diagnóstico, Parte estratégica, Plan de inversiones y Seguimiento y evaluación.
[8] La referencia de este libro en el instrumento (libro) versión 2017-2027, aparece errada ya que, según las Normas APA, solo se cita el primer autor y la referencia completa sería así: Gómez, E. (2008). Vivir bien frente al desarrollo. Procesos de planeación participativa en Medellín. Medellín. Pregón Ltda.
[9] En la Referencia, el nombre del texto esta incorrecto, el nombre correcto es: “Gómez, E. (2008). Discursos y Prácticas del Vivir Bien y del Desarrollo en la Comuna 6 (Doce de Octubre), procesos de planeación participativa. Senderos de desarrollo SENDAS (1997 – 2005) y Construyendo Ciudad (2005 – 2008). Universidad de Antioquia, Corporación Picacho con Futuro. Medellín, Colombia.

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