LE REITERAMOS A LA CONTRALORÍA GENERAL DE MEDELLÍN, LA SOLICITUD DE REALIZAR UNA AUDITORIA ESPECIAL AL “PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6”



La Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna 6, le solicitó al señor Contralor General de Medellín, doctor Juan Carlos Peláez Serna, una audiencia, con el objetivo de presentarle las Alertas encontradas durante la revisión y análisis de los productos del Convenio de Asociación 4600043044 de 2012, entre el Departamento Administrativo de Planeación de Medellín y la Institución Universitaria ESUMER. Con motivo de esta solicitud, el pasado 21 de julio del año en curso, nos recibió en las instalaciones de la Contraloría General de Medellín, la doctora Hilda Zapata Rueda, Sub-contralora, quien para esta fecha se encontraba desempeñando funciones de Contralora Encargada.

Durante la reunión se puso en conocimiento de la Contralora (E) las múltiples Alertas sobre las posibles irregularidades de orden fiscal, que encontró esta Veeduría, durante la revisión y análisis de la ejecución del Convenio 4600043044-12, en especial temas como:



·         Una coyuntura política generada por las diferencias planteadas entre algunos representantes de la comunidad y el operador (institución Universitaria ESUMER) desató en el convenio posibles irregularidades en los siguientes ítem que consideramos deben ser investigados:

o   El cambio de actividades acordadas en el convenio.

o Realizar actividades conjuntas con la EDU, lo que limitó o impidió que la comunidad pudiese realizar su propio análisis sobre temas tan trascendentales para el desarrollo de la Comuna como: el Cinturón Verde, (CV), Jardín Circunvalar Metropolitano (JCM), Sistema Municipal de Planeación (SMP) y Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

o   En la priorización, formulación en marco lógico y gestión de ocho (8) proyectos.

o  En la implementación del sistema de información y comunicación del plan de desarrollo de la comuna 6.

o   En la implementación de una Alianza publica, comunitaria y comunitaria.

o   Implementación del Sistema de Monitoreo, Evaluación y Control.

o   En la Homologación de planes de desarrollo.

o   En la Gestión del Plan de Desarrollo de la Comuna 6.

o   Escuela de pensamiento.
    
·         El desconocido proceso de Interventoría y supervisión que tuvo este Convenio, característica que viene siendo reiterativa en los Convenios anteriores.

·         Las prórrogas en tiempo y adiciones presupuestales realizadas al final del convenio y que no fueron socializadas a la comunidad en el evento de rendición de cuentas.

·         El cumplimiento de las cláusulas del Convenio, en cuanto a la rendición de cuentas y poner a disposición de la ciudadanía la información del mismo (Etapas: pre, durante y post contractual) en las Bibliotecas del Departamento Administrativo de Planeación y Concejo de Medellín.      



En este sentido, el ente de control ciudadano le reiteró respetuosamente a la Contraloría General de Medellín, la solicitud de realizar una Auditoria Especial al Plan Estratégico de la Comuna 6, en el periodo comprendido entre el 2006 y el 2014, en los términos que establece la Ley 42 de 1993, en cuanto a la preservación de los principios de: Eficiencia, Eficacia, Economía, Equidad y Riesgos Ambientales, teniendo en cuenta que durante los dos años y seis meses de ejercicio de control ciudadano, esta Veeduría ha realizado múltiples Alertas sobre posibles irregularidades en la ejecución de recursos públicos con motivo del proceso “Plan Estratégico de la Comuna 6”, ya que, el 09 de agosto de 2012, en reunión con el señor Contralor se le hizo la misma solicitud y no fue atendida en los términos requeridos, pues, se realizó una Auditoria Especial al Programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo, a nivel de la ciudad, cuando en la solicitud se pedía específicamente revisar el proceso “Plan Estratégico de la Comuna 6”.

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