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Mostrando entradas de mayo, 2017

En la Comuna 5 Castilla, no quieren que la planeación del desarrollo continúe concentrada en los mismos de siempre y proponen planes de desarrollo barriales para ampliar la participación.

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Ignorando las mayoritarias expresiones de rechazo por parte de los ciudadanos [1] y las organizaciones de la sociedad civil e inclusive los inconvenientes expresados en el momento por Veedurías [2] y entidades de control gubernamental como: la Personería de Medellín [3] , la Contraloría General de Medellín, [4] y el Observatorio de Políticas Publicas del Concejo de Medellín [5] , sobre el Proyecto de Acuerdo 055 de 2016, “Por medio del cual se modifica el Acuerdo 43 de 2007 y se actualiza el Sistema Municipal de Planeación”, en un acto de profundo autismo, el Concejo de Medellín, en sesión plenaria del 22 de abril de 2017,  -19 votos positivos y uno negativo-  aprobó el mencionado acto legislativo, hoy Acuerdo 28 de 2017. Recomendamos leer el Informe del Observatorio de Políticas Públicas del Concejo de Medellín, sobre la modificación del Acuerdo 43 de 2007, Sistema Municipal de Planeación.   Fuente construcción propia con información del Concejo de Medellín La

En su Rendición de Cuentas la Veeduría Ciudadana Metro Cable Acevedo Picacho Denunció las Dificultades que han Tenido para Acceder a la Información Pública de este Proyecto.

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En cumplimiento de sus funciones [1] , la Veeduría Ciudadana Metro Cable Acevedo Picacho (VCMCAP), realizó este 19 de mayo de 2017, su Rendición Social de Cuentas en la Institución Educativa Presbítero Antonio José Bernal Londoño, ante una nutrida audiencia de vecinos del Barrio La Paralela. Rendición de Cuentas de la Veeduría Ciudadana Metro Cable Acevedo Picacho.   Institución Educativa Presbítero Antonio José Bernal Londoño.  19 de mayo de 2017.   Los temas programados para tratar en la redición de cuentas fueron: el informe de gestión, avances en el Concejo, ¿cómo va el proyecto Metro Cable Acevedo?, posturas de la Veeduría MCAP frente al proyecto y el informe predial. Sin embargo, llama preocupantemente la atención, la denuncia de los integrantes de la Veeduría MCAP, respecto a los constantes obstáculos que han tenido para acceder al información pública [2] del proyecto, por parte de las diferentes entidades públicas que de una u otra manera tienen rela

Memorias de la Socialización del libro “Monitoreo, Seguimiento y Evaluación; El Eslabón Perdido de la Planeación del Desarrollo Local”

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El 17 de mayo de 2017, la Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna 6 ( VCPEC-6) de Medellín, realizó la socialización del libro   “Monitoreo, Seguimiento y Evaluación; ElEslabón Perdido en la Planeación del Desarrollo Local” ; la cual se llevó a cabo en el Auditorio Macondo del Parque Biblioteca Gabriel García Márquez; en el marco de dicha socialización, se desarrolló el conversatorio: "Retos de la Planeación del Desarrollo en la Comuna 6” , el cual tuvo por objetivo, debatir en torno a los desafíos para los habitantes de la Comuna 6, en cuanto a la planeación participativa del desarrollo local. Las preguntas guía que orientaron la reflexión a los panelistas y personas asistentes al conversatorio fueron las siguientes: 1.   ¿Qué concepto le merece a Usted el Proyecto de Acuerdo 055 de 2016? 2.   ¿De ser aprobado el Proyecto de Acuerdo 055 de 2016, en su opinión, qué implicaciones tiene para la planeación en la Comuna 6? 3.   En consonancia c

¿TIENEN LAS MESAS TEMÁTICAS PODER DE VETO?

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Imagen tomada de internet:  http://www.aquiestamos.net/mesa-de-derechos-humanos-y-convivencia-comuna-seis/   La única entidad, a nivel de la Comuna, que tiene la facultad legal de postular o vetar a funcionarios públicos es la Junta Administradora Local: LEY 136 DE 1994 (Junio 02) . Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios. Artículo 131º.-   Funciones.   Las Juntas Administradoras Locales, además de las que les asigna el artículo 318 de la Constitución Política, ejercerán las siguientes funciones: 9. Ejercer, respecto de funcionarios de libre nombramiento y remoción que ejerzan funciones desconcentradas, en la respectiva comuna o corregimiento, los derechos de postulación y veto, conforme a la reglamentación que expida el Concejo Municipal. Paradójicamente, esta función de la Junta Administradora Local de nuestra comuna -que hasta donde tenemos conocimiento- nunca la ha ejercido, para bien o par