PRONUNCIAMIENTO 001-15 (05 de enero)

Por medio del cual se convoca de manera respetuosa a los gestores del desarrollo[1] en la Comuna 6, a movilizar a la comunidad en general, entorno a la evaluación del periodo que termina y la planeación del nuevo periodo de nuestro Plan de Desarrollo.      



MARCO LEGAL


Ley 134 de 1994.

“Artículo 9º.- Cabildo abierto. El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.


Ley 850 de 2003

“Artículo 6o. Objetivos:

“b) Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, en la gestión de los asuntos que les atañen y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión;”

“d) Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción pública;”

“h) Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana.”

“Artículo 15. Funciones. Las veedurías ciudadanas tendrán como funciones las siguientes:”

“a) Vigilar los procesos de planeación, para que conforme a la Constitución y la ley se dé participación a la comunidad;”

“g) Comunicar a la ciudadanía, mediante asambleas generales o en reuniones, los avances de los procesos de control o vigilancia que estén desarrollando;”

“h) Remitir a las autoridades correspondientes los informes que se desprendan de la función de control y vigilancia en relación con los asuntos que son objeto de veeduría;”


“Artículo 16. Instrumentos de acción.”

b) Denunciar ante las autoridades competentes las actuaciones, hechos y omisiones de los servidores públicos y de los particulares que ejerzan funciones públicas, que constituyan delitos, contravenciones, irregularidades o faltas en materia de contratación estatal y en general en el ejercicio de funciones administrativas o en la prestación de servicios públicos;


“Artículo 18. Deberes de las veedurías. Son deberes de las veedurías:”

“b) Comunicar a la ciudadanía, a través de informes presentados en asambleas generales o reuniones similares de los habitantes y de las organizaciones de la comunidad, los avances en los procesos de control y vigilancia que estén realizando;”



CONSIDERANDO


Que este año (2015) el Plan Estratégico de la Comuna 6, nuestro objeto de control social, cumple su vigencia.

Que este acontecimiento puede ser una doble oportunidad para la planeación del desarrollo de la Comuna: en primer lugar, es la oportunidad para hacer la evaluación del proceso de manera desapasionada, para reconocer los aspectos positivos y negativos que nos deja la utopía de planear nuestro desarrollo; en segundo lugar, es también la oportunidad para que apoyados en la experiencia que hemos logrado en estos nueve años 2006 – 2014, realicemos la planeación de un nuevo periodo.      

Que desde nuestro inicio en el 2011, venimos reclamado de los actores de la planeación del desarrollo, principalmente de la Junta Administradora Local (JAL), que se iniciara la evaluación del proceso y la construcción del nuevo plan, con el fin de contar con el tiempo suficiente para garantizar que la evaluación y la planeación, sean una verdadera construcción, endógena y participativa.

Que en ejercicio del control social, además de Alertar en nuestros Pronunciamientos a las autoridades y los gestores de la planeación, sobre los diferentes riesgos que corrían los recursos invertidos mediante el Plan Estratégico;  venimos proponiendo y dinamizando temas de reflexión y debate en torno a la planeación del desarrollo como: ampliar la participación, garantizar el acceso a la información, mejorar el nivel ético en las relaciones política, dotar al Plan de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, entre otros.

No obstante esto, el silencio por parte de los gestores del desarrollo en la Comuna a este respecto y las pocas actividades participativas encaminadas a cumplir con estas tareas, nos llevan a ALERTAR respecto a que:


ALERTA

Teniendo en cuenta que la planeación del desarrollo de nuestra comunidad, debe ser un proceso netamente endógeno y participativo, es preocupante que la realización de estas dos etapas, la evaluación y la planeación de un nuevo periodo, no se haya aprovechado para convocar a una asamblea permanente durante estos dos últimos años (2014 – 2015), para que la comunidad en general, pudiese aportar activamente a la reflexión sobre lo realizado y a construir el nuevo sueño.

Es motivo de preocupación para esta Veeduría Ciudadana el hecho que nuevamente se esté dejando en manos de la Administración Municipal y los Operadores de turno, la evaluación del periodo que termina y la planeación del nuevo periodo, en jornadas a marcha forzada y con la “participación” de unos cuantos líderes y lideresas.



PRONUNCIAMIENTO


Invitamos de manera respetuosa a los gestores del desarrollo en la Comuna: Junta Administradora Local, Consejo de Planeación y Gestión Local (Equipo de Gestión), Mesas Temáticas, Organizaciones Sociales y Comunitarias y Lideres(as), a asumir con la mayor responsabilidad la tarea de la planeación del desarrollo, ya que en ello se está jugando el futuro de aproximadamente doscientos mil (200.000) ciudadanos y aprovechar al máximo este año (2015) para movilizar a la comunidad en general entorno a la evaluación del periodo que termina y la planeación de nuevo periodo.

De nuestra parte, continuaremos durante este año (2015) monitoreando y evaluado el proceso de planeación del desarrollo, pero incrementaremos la convocatoria y la motivación a la reflexión y el debate respecto a los temas que vienen frenando el desarrollo en la Comuna y los que lo potencializan.


[1] Junta Administradora Local, Consejo de Planeación y Gestión Local (Equipo de Gestión), Mesas Temáticas, Organizaciones Sociales y Comunitarias y Lideres.

Comentarios

Entradas populares de este blog

VÍCTIMAS DE LA CORRUPCIÓN: Caso de Estudio Comuna 6 - Doce de Octubre

Aspirantes a la Junta Administradora Local de la Comuna 6 de Medellín, Periodo 2020 – 2023

Otro Edil confirma la existencia de entramados de contratación en el programa de Planeación del Desarrollo Local y Presupuesto Participativo