POR DESACATO A UN JUEZ, FEDERICO ANDRÉS GUTIÉRREZ ZULUAGA, ALCALDE DE MEDELLÍN PODRÍA PERDER SU INVESTIDURA.



Según el Ex-edil de la Comuna 13 San Javier de Medellín y estudiante de octavo semestre de derecho, en la Universidad de San Buenaventura, Ramiro Albeiro Sánchez Jiménez; el Alcalde de Medellín, Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, además de recibir sanciones como: seis (6) meses de arresto (Artículo 41 del la Ley 472 de 1998), una multa de veinte (20) salarios mínimos, los cuales debe pagar de su bolsillo, el Alcalde de Medellín, también podría perder su investidura y que la fiscalía le inicie un proceso penal.      

Entrevista a Ramiro Albeiro Sánchez Jiménez, Ex Edil Comuna 13, San Javier. Estudiante de Derecho 
Demandante Acción Popular contra la Alcaldía de Medellín. Escombrera Comuna 13, San Javier  
Por la vulneración del derecho a un ambiente sano y el uso del espacio público.    

Esta no es la primera disputa legal que el señor Sánchez Jiménez, quien aún no se gradúa de abogado, le gana a la Administración Municipal: en 2014 demandó el Acuerdo 43 del 2007 y el Decreto 1205 de 2013, ambas normas relacionadas con la Política Pública de Planeación Local y Presupuesto Participativo; acción legal que repitió a nivel del Departamento de Antioquia, contra la Ordenanza 052 del 2015.

Ramiro Albeiro Sánchez Jiménez, Ex Edil Comuna 13, San Javier. Estudiante de Derecho
Foto tomada de Facebook

En este caso (Escombrera Comuna 13 San Javier) el estudiante de derecho, instauró en el año 2007, ante el Juzgado Treinta Administrativo, una Acción Popular mediante la cual reclamaba “por la vulneración de los derechos colectivos a un ambiente sano y el uso del espacio público”; a esta Acción Popular fueron vinculados como demandados: el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, Corantioquia, Agregados San Javier, Unión Temporal Pro Parque del Sol y Empresas Varias de Medellín; “…en el año 2010 sale el fallo de primera instancia donde condenan a estas entidades por la violación de estos derechos fundamentales…” (ambiente sano y el uso del espacio público); en el fallo el juez le ordenó al Municipio de Medellín: reubicar en otro lugar la escombrera.

Escombrera Comuna 13 San Javier. Imagen tomada de Google Maps

En segunda instancia, el fallo fue confirmado y adicionalmente le ordenó al Municipio, construir una vía paralela a la quebrada “La Leonarda”, entre la Carrera 108 y la vía a “La Loma”. Por su parte la Administración Municipal recurrió al Consejo de Estado, el cual ratifico los fallos de primera y segunda instancia. Sin embargo, ante el incumplimiento por parte de la Administración Municipal, en cabeza del Alcalde, Gutiérrez Zuluaga, de la orden del juez; en el 2014 el Ex Edil Sánchez, le solicitó al Juez Treinta Administrativo que iniciara un proceso de incidente de desacato, contra el Municipio de Medellín.

Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, Alcalde de Medellín

El pasado 27 de julio el Juzgado determinó: condenar a la Alcaldía de Medellín en Cabeza del Alcalde Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, con una multa de veinte salarios mínimos legales y a cumplir con el fallo, porque de lo contrario, la desobediencia le acarrearía al burgomaestre sanciones como: arresto de seis (6) meses, perdida de la investidura como alcalde y, según el señor Ramiro Albeiro Sánchez Jiménez, el alcalde también puede ser demandado penalmente, ante la Fiscalía General de la Nación, por prevaricato, el cual está tipificado en los Articulos 413 y 414 del Código Penal.


El desenlace final de este proceso en contra del Alcalde de Medellín, sólo está pendiente de la revisión del Tribunal Contencioso Administrativo el cual se debe pronunciar en los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción del fallo; de ser ratificado, se iniciaría la aplicación de la sanción y el Alcalde Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga deberá cumplir con la orden del Juez o someterse a las repercusiones legales que ello acarrea.        

Comentarios

  1. El juez en este caso no pretende sancionar sino hacer cumplir el mandato constitucional.

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  3. El juez en este caso no pretende sancionar sino hacer cumplir el mandato constitucional.

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  4. El juez en este caso no pretende sancionar sino hacer cumplir el mandato constitucional.

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